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Igualdad a los cincuenta (50)

Hoy en día, son muchas las empresas que casi sin darse cuenta pasan la barrera de las cincuenta personas trabajando a su cargo. En Almería pasa constantemente en sectores como la agricultura, la construcción y la restauración (entre otros).

«Las personas trabajadoras tendrán derecho a acceder al registro salarial de su empresa».

Pero si su empresa pasa de los cincuenta trabajadores, ahora la cosa cambia en lo referente  la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, pues el real decreto 6/2019 baja el listón para que a partir de cincuenta trabajadores las empresas deban contar con un Plan de Igualdad.

Anteriormente esta exigencia se establecía a partir de 250 trabajadores, un límite bastante más alto que el que establece la nueva medida, teniendo en cuenta los cincuenta trabajadores son considerados de media al cabo del año.

La norma, en vigor desde el 8 de marzo, modificando la Ley Orgánica Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres requiere además que los futuros Planes de Igualdad. contengan una serie de elementos mínimos que deben ser evaluables:

  • Proceso de selección y contratación.
  • Clasificación profesional.
    • Formación.
    • Promoción profesional.
    • Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
    • Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
    • Infrarrepresentación femenina.
    • Retribuciones.
    • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
    • Otra importante novedad es la creación de los Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, en los que las empresas estarán obligadas a inscribir sus planes.

El calendario de implantación será como sigue:

Las empresas de más de ciento cincuenta personas trabajadoras y hasta doscientas cincuenta personas trabajadoras contarán con un periodo de un año para la aprobación de los Planes de Igualdad.

Las empresas de más de cien y hasta ciento cincuenta personas trabajadoras, dispondrán de un periodo de dos años para la aprobación de los Planes de Igualdad.

Las empresas de cincuenta a cien personas trabajadoras dispondrán de un periodo de tres años para la aprobación de los Planes de Igualdad…

La norma establece que el empresario lleve un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.

Y no solo eso, sino que las personas trabajadoras tendrán derecho a acceder al registro salarial de su empresa, aunque eso sí, a través de la representación legal de los trabajadores de su organización.

Todos estos cambios normativos hacen más preciso que nunca disponer de asesoramiento especializado en su empresa, como el que ofrece Ares Consultores a través de sus profesionales.

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