Las Cámaras de Comercio acaban de presentar la convocatoria 2020 del programa «INNOCÁMARAS 2020» dotado con hasta 7.000€ por solicitante/organización para el desarrollo de la innovación en las empresas.
El plan permite a las empresas conseguir financiación para una amplia variedad de acciones bajo el paraguas de la «Innovación». La implantación de normas de calidad, como las que nuestra empresa ayuda a certificar, es claramente una de ellas.
Ahora es un buen momento para aprovechar estas ayudas e implantar en su empresa Normas como la UNE-EN ISO 9001, una de las más extendidas y reconocidas por sus compradores, en tanto que busca la excelencia en el servicio al cliente.
Fases del programa
El programa consta de dos fases. En la primera (Fase I), de asesoramiento, un tutor/a realizará un diagnóstico de la organización que hay solicitado la subvención. En la segunda (Fase II), se procederá a la implantación de soluciones en base a la evaluación antes realizada.
En esta segunda fase, serán las propias empresas las que determinarán libremente qué asesores-proveedores son los que les prestan el servicio, reintegrándose el mismo (hasta 7.000€, más IVA) por la Cámara de Comercio.
Las empresas objeto de la subvención deberán adelantar previamente los gastos (prefinanciar).
Origen y tramitación de los fondos:
La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 70% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-1010 (POCInt)
El organismo encargado de la tramitación de los mismos, de modo que lleguen a los proyectos subvencionables, es la Camara de Comercio.
Aportación de la empresa:
Si bien la cámara puede aportar hasta 7.000€ + IVA provenientes del FEDER para su proyecto, la empresa también debe abonar una parte de los gastos, concretamente el 30%
Un ejemplo. Si el importe total de un proyecto es de 10.000€ (sin IVA), la fondos FEDER podrían aportar como máximo hasta 7.000€, y la empresa debería aportar el resto (3.000€) de sus propios fondos.
En otras palabras, del total de la Fase II, la organización abonará el 70%, con un máximo de 7.000€ más iva, y la empresa subvencionada deberá aportar otro 30% de la inversión.
Plazos
Las empresas podrán presentar su solicitud a partir de las 10:00 hras del día 30 de Julio 2020 (no se admitirá ninguna solicitud presentada antes de la fecha y hora indicada) y hasta las 14:00 hras del 30 de Noviembre 2020 hora límite de presentación.
No obstante, el plazo puede acortarse en caso de agotarse el presupuesto.
Para acceder a la sede electrónica para la tramitación de estas ayudas, consulte el siguiente enlace (pulse).
Plazos
Ares Consultores puede ayudarle en las fases previas de estudio y presentación de la documentación. Si lo desea, contacte con nosotros aquí.